Web33 Por ejemplo, en el caso del recurso de protección, aun cuando no se trata de un proceso cautelar como lo ha constatado Bordalí Salamanca, A., "Diversos significados de la tutela cautelar en el proceso civil", en Revista de Derecho (Valdivia), Vol. Cabe destacar que éste puede establecer que los progenitores ejerciten dicha potestad de forma separada sólo respecto de las determinaciones sobre cuestiones de ordinaria administración. Entonces, la regla general es que, pese a su ruptura, los progenitores continúan compartiendo la titularidad y ejercicio de la autoridad parental. Ambos son, igualmente, padres. WebArtículo citado en: 864 sentencias, 270 artículos doctrinales, 2 disposiciones normativas, 2 temas prácticos, 3 formularios, 121 resoluciones administrativas, 2 noticias Artículo comentado en: Artículo 32 , de la obra Tomo I, Vol 3º: Artículos 17 a 41 del Código Civil (2ª edición) , de Francisco Capilla Roncero y Manuel Peña Bernaldo Dequirós. Sin embargo, si se siguiera esta regla, reproduciendo la voluntad presunta de los padres o aplicando la costumbre, en conformidad a este condicionamiento natural, muchas de las normas de nuestro Derecho de Familia estarían dirigidas sólo a la mujer: el legislador debiera establecer, por ejemplo, que sólo la mujer tendrá derecho a compensación económica porque es ella la que, en la gran mayoría de los casos, se dedica al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, postergando su desarrollo profesional o laboral, de manera de descartar al marido como asignatario, solución que constituiría un absurdo frente al principio de igualdad. De acuerdo con el artículo X del título preliminar del Código Civil (en adelante TPCC) tenemos que: Artículo X.- Vacíos de la ley. Rodríguez Pinto, María Sara, El cuidado personal de niños y adolescentes en el nuevo Derecho chileno de Familia, LegalPublishing/Abeledo Perrot, Santiago, 2009. Lo que estamos tratando de revelar es que cuestionamos la decisión legislativa. 395 y ss. Por último, no obstante la atribución legal y convencional, cuando el interés del hijo lo haga indispensable, el juez puede ordenar que el cuidado personal lo ejerza el otro progenitor, si el padre o madre a quien se ha entregado el cuidado personal ocasiona maltrato, descuida a los hijos, o los ha abandonado, o bien, por cualquier otra causa calificada (art. 55 inciso segundo de la LMC). Analicemos la razón legal de este argumento. 19 de la Ley No. ¿Qué es mejor, en suma, para el sujeto tutelado por la ley? Por último, la norma agrega que la audiencia del menor no le confiere la condición de parte procesal. 562-564. 495-496. Y en 1952, la Ley No. Actualmente, en sede de crisis matrimonial, en cuanto al cuidado personal, el art. WebMosqueruela mantuvo su importancia hasta el siglo XIX, cuando la prosperidad de la villa se vio truncada por las Guerras Carlistas, que azotaron severamente la región, y por la crisis de la ganadería.En julio de 1837, la villa fue visitada por Carlos María Isidro de Borbón, al frente de la Expedición Real. Una obra colectiva en la que participan más de 100 especialistas en Derecho Civil y ramas afines, entre juristas, autores de obras de Derecho, profesores universitarios, abogados en ejercicio, jueces y fiscales, quienes comentan bajo el método exegético los artículos del Código Civil peruano de 1984, con ⦠Las Actas Constitucionales revelan las siguientes opiniones y argumentos con ocasión de la discusión del principio de igualdad: El señor Guzmán manifiesta (...) Es evidente que la cabeza de la familia debe ser el hombre, el padre o el marido (...) Por otra parte, cree que en la relación con los hijos hay que considerar las medidas que se adopten en la legislación de una manera extraordinariamente pragmática, atendida la idiosincrasia del país. Gil Domínguez, Andrés; Fama, María Victoria; Herrera, Marisa, Derecho Constitucional de Familia, Tomo I, Ediar, Buenos Aires, 2006. 11/1981 de 13 de mayo de modificación del Código Civil en materia de filiación, patria potestad y régimen económico del matrimonio, reguló los criterios de atribución y ejercicio de la patria potestad y la guarda y custodia de los hijos, refiriéndose, expresamente, a los casos de no convivencia entre los progenitores (artículos 156 a 159, ⦠El art. Y, en segundo lugar, que sea de esperar que la extinción del cuidado paterno común y su cesión al peticionario sea lo mejor para el bienestar del hijo. Corte de Apelaciones de Chillan, que confirmaba la sentencia de primera instancia del Juzgado de Familia de Chillan que, a su vez, rechazaba la demanda reconvencional del padre solicitando el cuidado personal compartido de su hija) de 15 de julio de 2008, Rol No. 121, por estimarlo inconveniente, desde el momento en que, cuando los padres lo decidan, podrán revocarlo y, si se produjesen discrepancias, cabrá al tribunal dirimirlas. 4/01 Caso 11.625 María Eugenia Morales de Sierra Guatemala, 1 9 de enero de 2001, párrafo 36. Bavestrello Bontá, Irma, Derecho de menores, LexisNexis, Santiago de Chile, 2003. 48 Esta norma establece que, en cualquier procedimiento que le concierna, el menor que sea capaz de discernir podrá ser oído por el juez o por la persona designada por éste al efecto, sin perjuicio de las disposiciones que prevén su intervención o su consentimiento. nota n. 21, p. 60, si bien dando cuenta de esta disparidad doctrinal y jurisprudencial. Por ejemplo, es evidente que al menos en Chile la vinculación de la familia respecto de los hijos parece ser mucho más fuerte por parte de la madre que del padre (Sesión 93, p. 24). Originalmente, la LMC establecía el acuerdo para la trilogía completa, es decir, separación, divorcio y nulidad. Caamaño Rojo, Eduardo, Mujer y trabajo: origen y ocaso del modelo de padre proveedor y madre cuidadora, Revista de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso volumen XXXIV, semestre I, 2010. establece: si los padres viven separados, a la madre toca el cuidado personal de los hijos. Lima: Gaceta Jurídica. 67 de la LMC establece que, solicitada la separación, el juez, durante la audiencia preparatoria, debe instar a las partes a una conciliación, la que tendrá por objetivo acordar las medidas que regularán lo concerniente a los alimentos entre los cónyuges y para los hijos, su cuidado personal, la relación directa y regular y el ejercicio de la patria potestad. 96-520, 30-3-153), y en el Estado de lllinois {lllinois Marriage and Dissolution of Marriage Act, 750 ILCS 5/602.1. Lo mismo sucede en materia de relación directa y regular: el año 2006 se interpusieron 21.241 demandas en la materia; el año 2009, 35.866. Así, el art. Una interpretación sistemática no deja dudas en cuanto a que el criterio judicial es el favor filii. Exégesis del Código Civil Peruano de 1984. Sobreseimiento. Como queda claro, la discriminación contra la mujer no sólo se produce cuando existe intención de discriminar sino también cuando, por resultado, se produzca discriminación42. Además, porque pone al juez en la posición de tener que apegarse aun criterio sin posibilidad de indagar un poco más en los casos en que no crea que haya causas calificadas para alterarlo sino, simplemente, mayores capacidades en uno que en otro o en ambos en su caso. 44 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe No. 27 Conforme a los artículos 222 y 242 C.C, artículos 3o inciso primero y 85 inciso segundo de la LMC, y artículo 16 de la Ley de Tribunales de Familia No. El señor Ortúzar expresó, por su parte: (...) es evidente que la igualdad no puede ser absoluta, ya que en toda organización, en toda célula familiar tiene que haber un jefe que no puede ser otro que el marido o el padre. Debe dejarle esta decisión a los padres, mediante acuerdo aprobado debidamente, o al juez directamente, quien debe aplicar el interés superior para decidir quién garantiza mejor su desarrollo o, si el caso lo amerita y están dadas las condiciones, por qué no, ambos. REFLEXIONES ACERCA DE LA INCLINACION DE ORDEN NATURAL DE LA MUJER PARA EJERCER EL CUIDADO PERSONAL DE SUS HIJOS. En este sentido, creemos que, cuando se altera la situación que venía dándose, amparada por la regla supletoria en cuestión, el juez no debería volver las cosas a su estado anterior, es decir, ordenar la entrega inmediata a la madre, sin hacer una valoración acerca de si ello, verdaderamente, satisface el interés del hijo, es decir, creemos inadecuado aplicar automáticamente esta regla sin pronunciarse sobre el fondo del asunto. La profesora Rodríguez cita jurisprudencia que da cuenta de esta contradicción. WebLes comparto este excelente material jurídico. Esto puede llegar a constituir una discriminación arbitraria por razón de nacimiento. [6] En el Diccionario geográfico-estadístico ⦠Pues bien, el ordenamiento jurídico alemán prácticamente ha eliminado la obligación de establecer reglas sobre el cuidado personal de los hijos en los casos de disolución del matrimonio. 225 inciso primero C.C. 46 de la Ley de Menores No. La ¡dea que subyace en esta afirmación es que el principio de igualdad no puede ignorar las diferencias que existen entre los seres humanos, que no todas las diferenciaciones son arbitrarias y que el quid está en determinar qué distinciones autorizan tratamientos diferenciados y cuáles no. III. 225 del C.C. 2, 2010, pp. Alessandri; Somarriva; Vodanovic, Tratado, cit. En efecto, el art. 155 del Código Civil italiano, prescriben que el tribunal que pronuncia la disolución o la cesación de los efectos civiles del matrimonio declara a cual progenitor corresponde el cuidado de los hijos y adopta cualquier otro pronunciamiento relativo a los hijos teniendo presente los intereses materiales y morales de los mismos. Humberto no se llama Humberto, pero pide que se le nombre así. Trabajo recibido el 29 de agosto y aprobado el 24 de septiembre de 2010. 226 C.C, el juez puede, en caso de inhabilidad física o moral de ambos padres, confiar el cuidado personal del hijo a otra persona o personas que estime competentes3. 225 inciso primero C.C. A esta última pregunta se responde que, de no existir esta regla, habría que recurrir siempre a la justicia para determinar el progenitor cuidador21. Excepciones. Key words :Equity Physical Custody, Marital Crisis. 4/01 Caso 11.625 María Eugenia Morales de Sierra Guatemala, 19 de enero de 2001. En: http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=126366&buscar=19585[ visitado el 31/08/2010]. WebLos crímenes de guerra de los Aliados, fueron violaciones de las leyes de la guerra cometidos por los Aliados de la Segunda Guerra Mundial contra poblaciones civiles o personal militar de las Potencias del Eje.. Al concluir la Segunda Guerra Mundial, se llevaron a cabo varios juicios a criminales de guerra de las Potencias del Eje, siendo los ⦠Esta prueba es demasiado gravosa para el padre que desea ejercer el cuidado de su hijo y que, en principio, es igualmente apto que la madre para ejercerlo. 42 de la Ley de Menores No. Recordemos que, mediante las normas supletorias, el legislador reproduce la voluntad presunta de las partes, reglamentando la relación jurídica como probablemente lo habrían hecho ellas mismas si hubieran manifestado su voluntad, o bien, considerando principalmente las tradiciones, las costumbres, los hábitos, o el interés general35. nota n. 60, p. 496. Belluscio, Augusto César,Incidencia de la reforma constitucional sobre el derecho de familia, Revista Jurídica La Ley, Tomo 1995-A. Luego, en el párrafo segundo, prevé que la residencia alternativa en el domicilio de cada uno de sus padres sea introducida sin el mutuo consentimiento de las partes, pero sólo con carácter temporal, con el objeto de determinar su funcionalidad. En este caso, la Comisión detectó violaciones a la Convención Americana de Derechos Humanos en las disposiciones del Código Civil guatemalteco que, referidas a las relaciones domésticas, asignaban responsabilidades y obligaciones solamente al marido, en virtud de su papel como proveedor de ingresos. 35-46. Por otro lado, la CPR chilena no sólo consagra el principio de igualdad jurídica en su artículo 19 No. Lo que está detrás del criterio de diferenciación es un prejuicio, una ¡dea preconcebida: la mujer es más apta porque está naturalmente condicionada a las labores de crianza. El cuidado paterno permanece incólume en manos de ambos padres no obstante la ruptura matrimonial. 480, 482, 487 y 488. En virtud de la primera, el art. Alexy, Robert, Teoría de los Derechos Fundamentales, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1993. El parágrafo 1671 continúa prescribiendo que deberá estimarse dicha solicitud siempre que se cumplan dos requisitos. 118 y 119; y Guzmán Brito, Alejandro, El Derecho Privado Constitucional de Chile, Ediciones Universitarias de Valparaíso de la Universidad Católica de Valparaíso, Valparaíso, 2001, pp. PINEDO AUBIÁN, Francisco Martín (2016). 45 La discriminación inversa (o la implementación de medidas de acción positiva) tiene su origen en la lucha contra la discriminación racial a través de las leyes de cupo a favor de las personas de raza negra en Estados unidos. perdería su automatismo, pues el juez está llamado a aplicar dichos principios al resolver sobre el cuidado personal y no el criterio de atribución materna que dicha norma contiene. En efecto, desde el punto de vista de la igualdad formal, el Código Civil establece una discriminación en contra del hombre, que no se justifica en ningún criterio de necesidad aceptable, ni de razonabilidad, ni de proporcionalidad, sin superar así, el test de razonabilidad y el test de proporcionalidad que aquí hemos intentado desarrollar, es decir, se trata de una discriminación arbitraria. Deliberación y sentencia. Cfr. El asunto está en determinar, a la luz de lo que hasta aquí hemos dicho, si ella es arbitraria o no. Un medio adecuado, tal como constituye la tendencia en el Derecho comparado, es I lámar a las partes a hacer ese ejercicio de parentalidad a través del acuerdo regulador72, respetar la decisión de ellas al decidir sobre el cuidado personal, o bien, dejar que ambos demuestren sus aptitudes ante el juez. Lloverás, Nora, La mujer y la Ley, Jurisprudencia Argentina, 1993-111-854. En el antiguo art. De esta forma, el esfuerzo que se quiere evitar con una norma como la del art. El Código Civil es la norma del hombre común, de las situaciones y relaciones cotidianas, la norma que contiene la esencia de la dinámica social. Abeliuk Manasevich, Rene, La Filiación y sus efectos, Tomo I. En: www.cidh.org/women/Guatemala11.625.htm [visitado el 31/08/2010]. 11 090042. El señor Ortúzar refuta al señor Ovalle, advierte que no participa de esa opinión. establece que, en caso de crisis matrimonial de los padres, si éstos viven separados de forma definitiva y ejercen, no obstante, conjuntamente dicho cuidado, cada uno de ellos podrá solicitar que el Tribunal familiar le ceda el cuidado paterno o una parte del mismo a título unilateral. Sobre la reforma italiana de 2006, puede consultarse, De Filippis, Bruno, Affidamento condiviso dei figli nella separazione en el divorzio, Cedam, Padova, 2006. 64 En efecto, el artículo 16 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos económicos, sociales y culturales, Protocolo de San Salvador, de 1988, y el Principio seis de la Declaración de los derechos del Niño, de 1959, descansan en la llamada doctrina de los años tiernos, al señalar que señalar que todo niño tiene el derecho a crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y que, salvo circunstancias excepcionales, reconocidas judicialmente, el niño de corta edad no debe ser separado de su madre. 42 de la Ley de Menores No. 33 Vid. Benavente Moreda, Pilar, La custodia de hijos menores de edad: el artículo 159 del Código Civil, Revista de Derecho Privado, julio-agosto 1990. Si queremos que la mujer participe en condiciones de paridad en la vida pública debemos garantizar que pueda hacerlo también en la privada, porque la vida pública, profesional y privada de la mujer, y su maternidad, están intrínsecamente relacionadas68. permanece hoy intacta en el siglo en que vivimos. Por su parte, en cuanto a la convivencia con el hijo, el art. 11 En adelante CPR o Constitución, indistintamente. 89 de la LMC ordena que las acciones que tengan por objetivo regular el régimen de alimentos, el cuidado personal de los hijos o la relación directa y regular, cuando no se hubieren deducido previamente de acuerdo a las reglas generales, como asimismo todas las cuestiones relacionadas con el régimen de bienes del matrimonio que no hubieren sido resueltas en forma previa a la presentación de la demanda de separación, nulidad o divorcio, deben deducirse en forma conjunta con ésta o por vía reconvencional, en su caso. 225 inciso 3 C.C. Sela 1999, Año 2000. Español. 225 inciso primero del C.C. 21 de la LMC. Rodríguez, El cuidado, cit. La proporcionalidad comprende tres conceptos36: La adecuación de los medios escogidos para la consecución del fin perseguido. Aunque este proyecto es todavía pequeño, probablemente tendrá un rápido crecimiento. Asimismo, en materia de procedimiento, el art. 28 Sólo a modo de ejemplo, se alude a esta idea en la sentencia de la Excma. La profesora Rodríguez29 desestima la preferencia materna como criterio de atribución judicial. Su inciso segundo agrega que cada uno de los padres puede, en cualquier momento, solicitar el cuidado exclusivo cuando subsistan dichas condiciones indicadas. En el caso del divorcio, si es de mutuo acuerdo, se replica acá lo dicho en cuanto a la exigencia del acuerdo regulador (en virtud del art. 109, C); en Missouri (número 9 de los Missouri RevisedStatutes, chapter 452, Dissolution of Marriage, Divorce, Alimony and Sepárate Maintenance, Section 452.375.1); en Pennsylvania (Pennsylvania Consolidated Statutes, Title 23: Domestic Relations,5306); en Alabama {Code ofAlabama, Acts 1996, No. no contemple esta posible objeción del hijo para el caso de padres no unidos por vínculo matrimonial. 558 y ss. En el caso que no lo hicieren, la ley no llama al juez a decidir al respecto, a diferencia, como hemos analizado, de la mayoría de los casos de divorcio y separación. Tomo III, Lima: Normas Legales. 16.618, que establecía dichas causales. WebEspíritu jurídico. WebIV - pagar prestação pecuniária, a ser estipulada nos termos do art. 0003/011821. Español. âComentarios a los artículos 885 y 886 del Código Civilâ. ROJINA VILLEGAS, Rafael ... ROSENVALD, Nelson (2010). 416, inciso tercero, del Código Procesal Penal 58, caso que forma parte de la jurisprudencia relativa al problema del "Fuero Parlamentario". Así, en esos años y hasta antes de la mencionada reforma de 1 990, el art. establece dos exigencias para acceder a la solicitud de atribución parcial del cuidado paterno. El medio escogido para satisfacer el fin perseguido, sea éste la conveniencia jurídica de establecer una regla de este tipo en términos de evitar pronunciamientos adicionales, o bien, perseguir el bien del hijo entregándolo sin discusión al respecto a su madre, no son adecuados. JUicio plenario. 89 de la LMC, ubicado en el Capítulo IX de la LMC, destinado a los juicios de separación, nulidad del matrimonio y divorcio, ordena que las acciones que tengan por objetivo regular el régimen de alimentos, el cuidado personal de los hijos o la relación directa y regular, cuando no se hubieren deducido previamente de acuerdo a las reglas generales, como asimismo todas las cuestiones relacionadas con el régimen de bienes del matrimonio, que no hubieren sido resueltas en forma previa a la presentación de la demanda de separación, nulidad o divorcio, deben deducirse en forma conjunta con ésta o por vía reconvencional, en su caso. 53 Luego de la reforma introducida en el Código Civil español mediante Ley No. La diferencia se basa en la facilitación del trámite de atribución, pues la regla supletoria de atribución legal materna descarta la discusión sobre las aptitudes para ejercer el cuidado, evitando un pronunciamiento adicional al respecto. 58 La duda que nos surge es la razón de la desigual normativa que rige en cuanto a la posibilidad de oposición por parte del hijo mayor de catorce años para el caso en que los padres estén casados. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, Historia de la Ley No. Si decide radicar este derecho-función en la madre no será porque dicho artículo se lo ordene, sino por aplicación de directrices superiores. 223 C.C. En efecto, esta norma establece que la expresión discriminación contra la mujer, denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera. WebLa Ley No. Correo electrónico: flathrop@derecho.uchile.cl, El presente artículo sostiene que la norma de atribución preferente materna del cuidado personal de los hijos, contenida en el artículo 225 del Código Civil chileno, es inconstitucional, pues se funda en una discriminación arbitraria, injusta, no razonable y desproporcionada, vulneradora del.
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