RESUELVE: ARTICULO 1°.- Apruébase el formulario Solicitud de Importación de Agentes de Control Biológico de Plagas Agrícolas (ACBs) y el Dossier que deberá acompañar la presentación del formulario mencionado, según el modelo que como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución. Webque, el artículo 21 de la decisión 515, “sistema andino de sanidad agropecuaria” de la comunidad andina, dispone: “los países miembros que realicen importaciones desde … ARTICULO 2°.- Apruébase el formulario Permiso de Importación de Agentes de Control Biológico de Plagas Agrícolas (ACBs) y su correspondiente contenido de información, según el modelo que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución. ADEX: Importaciones peruanas sumaron US$ 55.251 millones entre enero y noviembre de 2022, registrando crecimiento de 19.8%, Perú exportó 48.000 toneladas de quinua por cerca de US$ 94 millones en 2022, registrando una caída de -7.7% en volumen y -11.32% en valor, FreshFruit: Agroexportaciones peruanas en 2023 crecerían en valor 8%, Campaña de mango va mucho mejor que el 2022, Con crecimiento de 25% durante 2022, Perú se ratifica como líder mundial en exportaciones de arándanos, Existencias europeas de manzanas alcanzaron las 4.480.438 toneladas en 2022, mostrando una contracción de 8.6%, Venta de frutas y hortalizas españolas a la UE alcanzan los € 10.180 millones por 7.8 millones de toneladas entre enero y octubre de 2022, Chile potenciará el consumo nacional de arándanos, Papa amarilla cuesta hasta S/9 en mercados minoristas, Abastecimiento de productos alimenticios en Lima es normal, Grupo Gloria proyecta desarrollar 400 hectáreas de limón Tahití, Ecuador exportó 3.232,97 millones de cajas de banano entre enero y noviembre de 2022, BASF adquiere la empresa de mejora de melones ASL, Precios de los arándanos importados han aumentado considerablemente en Polonia, Midagri: Ayer ingresaron 9.932 toneladas de alimentos a mercados mayoristas de Lima. 3.959, 17.160 y 27.233, el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, las Resoluciones Nros. Que el Reglamento de Inspección de Productos Subproductos y Derivados de Origen Animal aprobado por Decreto N° 4238 del 19 de julio de 1968, prevé en sus numerales 27.3.4 y 27.4.3 la obligatoriedad de inscribirse para todo aquel que se dedique a la exportación y/o importación de productos, subproductos y derivados de origen animal. — Abrogación. Vet. DCA PG 02 Requisitos sanitarios para importacion. 20) Si por razones de fuerza mayor, debiera detenerse el vehículo y bajar alguno de los animales o la totalidad de ellos, deberá informarse previamente a la Autoridad Sanitaria Oficial responsable de la zona, la que, si correspondiera, autorizara la descarga en un lugar apropiado y fijara las condiciones en que deberán mantenerse los animales hasta tanto sea solucionado el inconveniente. ARTICULO 3°.- La autoridad competente en materia sanitaria y veterinaria y/o la Organiza-ción Nacional de Protección Fitosanitaria del país de origen y/o procedencia, cuando el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA lo considere, deberá dar garantías con sistemas auditables de los animales, material reproductivo, formas precursoras de vida, zooterápicos, biológicos, fertilizantes, alimentos para animales, plantas, sus partes, enmiendas, medios de sostén y/o crecimiento orgánicos, organismos de control biológico, productos, subproductos y derivados de origen animal y/o vegetal o mercaderías y/o insumos que contengan como componentes o entre sus componentes, ingredientes de origen animal y/o vegetal, en toda la cadena de producción y comercialización, desde su origen hasta el embarque hacia la REPUBLICA ARGENTINA. Existen ONPF que expiden documentos oficiales que establecen los requisitos fitosanitarios para los productos vegetales, según el país de origen. ARTICULO 16.- Limítanse los alcances de la Resolución N° 758 del 13 de octubre de 1997 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION. ARTICULO 15.- Limítase el alcance de los artículos 1°, 2°, 4° y 5° de la Resolución N° 202 del 1° de agosto de 1992 y los artículos 1°, 2° y 4° de la Resolución N° 668 del 10 de agosto de 1994, ambas de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Detallar durante que estado de desarrollo de cada especie se produce el control. DCA PG 02 IN 01 V7 Habilitación de establecimientos exportadores a Costa Rica ( pdf, 171 KB ) (509 descargas) Popular. 30) En estos casos, la Autoridad Sanitaria responsable de la  cuarentena, citará al interesado por un medio idóneo, para la firma de las actas correspondientes, otorgándoseles en la misma un plazo perentorio, que no podrá ser mayor de ocho (8) días corridos, para proceder a la reexportación del o de los animales, dependiendo del criterio técnico que determine la Autoridad Sanitaria responsable. WebARTICULO 2°.- Apruébase el formulario Permiso de Importación de Agentes de Control Biológico de Plagas Agrícolas (ACBs) y su correspondiente contenido de información, según el modelo que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución. Lo expuesto sin perjuicio de requisitos especiales exigidos en las reglamentaciones particulares de los diversos rubros. 11) Los predios cuarentenarios de animales y los Centros Productores de semen yo embriones, para la exportación con destino a la República Argentina, deberán estar bajo la supervisión de los Servicios Veterinarios Oficiales del país de origen, y podrán ser habilitados por éstos, cuando el SENASA delegue en ellos dicha función, reservándose el derecho de su inspección cuando por razones técnicas lo considere necesario. Inciso b) Los interesados en utilizar el territorio argentino como país de tránsito sin ingresar a la zona declarada libre de enfermedades de los salmónidos, quedan exceptuados de presentar el “Certificado Veterinario Internacional” siempre que cumplan con las siguientes condiciones: I. Ingresen al país por el paso fronterizo Integración Austral y respeten el corredor sanitario patagónico, descripto en el Artículo 8° de la presente resolución. Si la enfermedad de que estaba atacado el animal destruido fuese necesariamente mortal, no habrá lugar a indemnización. Hazlo en 3 pasos: 1 Paga tu trámite Cancela S/ 61.20 por el PFTI o S/ 43.20 por la modificación, en una de las cuentas del Senasa. 29) Aquellos animales que no superaran satisfactoriamente las pautas sanitarias a que fueran sometidos durante el periodo cuarentenario, no serán autorizados a ingresar al País. Que el Departamento de Sanidad Vegetal (DSV) de la Secretaría de Defensa Agropecuaria de la República Federativa del Brasil solicitó la ampliación del reconocimiento del área bajo enfoque de sistemas para el Municipio de Jaíba, Estado de Minas Gerais. El formulario del ítem b) y las fotocopias de las documentaciones requeridas en los ítems c) a g) inclusive, deben hallarse certificadas por Escribano Público, Juez de Paz, Policía u otro Organismo de Seguridad o bien certificadas por los mismos Organismos en el caso de los ítems c) y d). Que las Resoluciones Nros 776 del 29 de octubre de 2004 y 761 del 24 de noviembre de 2005, ambas del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, autorizan la emisión de AFIDIs para los Municipios de Presidente Bernades y Mesópolis, del Estado de San Pablo, respectivamente. B. Ocampo. 1°: Créase en el ámbito del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el Registro de Exportadores y/o Importadores de animales, vegetales, material reproductivo y/o propagación, productos, subproductos y/o derivados de origen animal o vegetal o mercaderías que contengan, entre sus componentes, ingredientes de origen animal y/o vegetal. WebEn el caso que necesites el certificado en físico, podrás recogerlo en la sede del Senasa que indiques en la plataforma. Tipo de norma: … Por ello, Se incorpora la presente resolución al Libro Tercero, Parte Tercera, Título II, Capítulo II, Sección 7a, Subsección 1 del Índice Temático del Digesto Normativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, aprobado por la Resolución N° 401 del 14 de junio de 2010 y su complementaria N° 738 del 12 de octubre de 2011, ambas del citado Servicio Nacional. Artículo 6.- La misma declaración y aislamiento son obligatorios respecto de los animales muertos o que se supongan muertos de enfermedades contagiosas, debiendo sus despojos ser enterrados o destruidos en la forma que el Poder Ejecutivo determine en sus reglamentos. VISTO el expediente N° 2218/98 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y la Resolución N° 758 del 13 de octubre de 1997 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, y. CONSIDERANDO: WebDCA PG 02 IN 01 RE 001 V2 Información requerida para el analisis técnico de materias primas de bajo riesgo ( pdf, 168 KB ) (452 descargas) Popular. La no observación de esta disposición autorizará al Poder Ejecutivo a aumentar hasta cinco años el entredicho establecido en el artículo anterior o aplicarlo a otros buques de la misma empresa cargadora, y aun a todos ellos, según la gravedad de la falta. Usted podrá consultar los requisitos fitosanitarios, con los que cuenta el Senasa en función de los antecedentes de exportación, accediendo AQUÍ Portal de certificación fitosanitaria de exportación. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino en Buenos Aires, á tres de Julio de mil novecientos dos. — Acciones sanitarias y técnico-administrativas adicionales. Inciso c) Pescado eviscerado y secado por medios mecánicos con un tratamiento térmico a 100° C durante al menos 30 minutos, o sometidos a una combinación equivalente de tiempo/temperatura, que haya demostrado que inactiva el agente patógeno alcanzado por la presente resolución. EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Art. Art. 3°: Todo operador comercial que, como persona física o jurídica, desee exportar y/o importar animales, vegetales, material de reproducción y/o propagación, productos, subproductos y/o derivados de origen animal o vegetal o mercaderías que contengan entre sus componentes ingredientes de origen animal y/o vegetal, sujetos a la competencia de este Servicio Nacional, no incluido en las excepciones previstas en el artículo precedente, deberá inscribirse en el Registro citado en el artículo 1° de la presente resolución. WebLa gestión de permisos tendrá el siguiente costo por importación: Clientes personales RD$1,500.00 Clientes corporativos RD$1,950.00 Los clientes corporativos deberán estar … Art. Artículo 28.- Los propietarios que no hubiesen cumplido algunas de las prescripciones de esta ley o de los reglamentos sanitarios emanados del Poder Ejecutivo, perderán todo derecho a ser indemnizados por las causales enumeradas en los artículos precedentes. Que la Resolución N° 630 del 23 de mayo de 1994 del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, que establece las exigencias para importar productos, subproductos y derivados de origen animal; en su artículo 2°, enuncia la documentación a presentar por los interesados en importar, para registrarse como importadores ante el SENASA, en cumplimiento del numeral 27.4.3 del Reglamento de Inspección de Productos Subproductos y Derivados de Origen Animal aprobado por Decreto N° 4238/68. WebSenasa cancela permisos de importación de carne de Brasil y anuncia viaje de inspectores peruanos para verificar procesos de certificación (Agraria.pe) La magnitud del escándalo por la carne adulterada en Brasil ha tomado por sorpresa a muchos países que confiaban en las certificaciones del producto. La suspensión se mantendrá hasta que hayan pasado, después del último caso, los días necesarios para que desaparezcan a juicio del Poder Ejecutivo los gérmenes de la infección. 2) Las solicitudes de importación tendrán una validez de treinta días corridos a partir de Ia fecha de su aprobación, quedando sujeta a cancelación sin previo aviso por razones de sospecha a confirmación de enfermedades exóticas de  alto riesgo en el País de origen. Artículo 21.- Ningún buque podrá cargar animales sin ajustarse, en cuanto a sus condiciones higiénicas, a los reglamentos correspondientes. El tiempo fijado por los reglamentos no podrá ser alterado sino con avisos previos de tres meses de anticipación. Estos documentos reciben distintos nombres según el país importador, tales como: Permisos Fitosanitarios de Importación (PFI), Autorización Fitosanitaria de Importación (AFIDI), Hoja de Requisitos Fitosanitarios (HRF), normas, resueltos, resoluciones, entre otros. Artículo 20.- Todo animal que se intente exportar podrá ser retenido en observación, aislado, desinfectado o rechazado por el Poder Ejecutivo siempre que los inspectores sanitarios lo reputen sospechoso, sin que haya lugar a indemnización alguna. Solicitud para Permiso Fitosanitario de Importación (PFI). Solicitud para modificación del PFI. Si cuentas con RUC, debes realizar el trámite de manera virtual por la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). Llena la solicitud SNS 041 para obtener el PFI, o la SNS 003 en caso requieras realizar una modificación del permiso. 3º — La presente resolución entrará en vigencia a partir de la publicación en el Boletín Oficial. NORMATIVA PARA LA AUTORIZACION DE LA IMPORTACION A LA REPUBLICA ARGENTINA DE ANIMALES VIVOS Y/O SU MATERIAL REPRODUCTIVO. Recibe nuestras noticias en tu correo diariamente, Su navegador no soporta iframes. Artículo 19.- Queda prohibida la exportación de animales atacados de enfermedades contagiosas o sospechosos de estarlo. Permiso Zoosanitario de Importación – PZI, que debe ser solicitado al SENASA antes de tramitar ante las autoridades japonesas el Certificado Zoosanitario de Exportación (porque el PZI dice que es lo que debe contener el Certificado Zoosanitario de Exportación). WebPor su seguridad acceda utilizando la última versión de alguno de los siguientes navegadores. Webestar inscripto en el Registro de Exportadores y/o Importadores en la Dirección General de Aduanas. a)completar el Formulario de Inscripción que, como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución; ARTÍCULO 13. 13) Si llegado al País, el objeto de la importación presentara evidencias o sospechas fundadas de portar organismos causantes de enfermedades exóticas o de riesgo a la República Argentina, los mismos podrán ser reexportados, castrados, sacrificados o sometidos a cualquier otra medida sanitaria, según lo determine el SENASA, no haciéndose responsable el mismo por los gastos y/o pérdidas a que pudieran dar tales medidas. ARTÍCULO 9° — Control sanitario reforzado. 181 del 16 de marzo de 2004, 629 del 2 de septiembre de 2004, 776 del 29 de octubre de 2004, 761 del 24 de noviembre de 2005, 664 del 27 de septiembre de 2006, todas del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, y Considerando: Que la Resolución Nº 181 del 16 de marzo de 2004 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria establece la suspensión en forma transitoria y preventiva de la emisión de las Autorizaciones Fitosanitarias de Importación (AFIDIs) para el ingreso de frutos de cucurbitáceas originarias de la República Federativa del Brasil. BENITO VILLANUEVA. Manual para adhesión a SIG-FITO Artículo 33.- Las penas impuestas en los artículos anteriores, serán aplicadas por los jueces federales o de territorios federales en juicio sumario, a pedido de las autoridades sanitarias que serán parte en él. Podrán eximirse de la habilitación previa, aquellas que elaboren mercaderías destinadas a la industria, siempre y cuando no tengan como destino uso humano o animal en cualquiera de sus formas y la importación de esas mercancías no impliquen riesgo sanitario por su origen o procedencia, producto o destino de uso, causales que podrán facultar la previa aprobación de las mismas como condición para autorizar la importación. El Poder Ejecutivo queda autorizado a suspender el permiso de cargar animales durante un tiempo que durará de seis meses a dos años, según el caso, a todo buque que durante la travesía última no hubiese dado cumplimiento a las disposiciones de esos reglamentos. — Infracciones. 3.1 - Detallar el programa de trabajo que se realizará con los Agentes de Control Biológico (ACBs) a introducir, indicando objetivos, metas, metodología, cronograma, equipos y personal. Art. SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA 15) Al arribo de la mercadería, el personal de SENASA destacado en el puerto fronterizo, procederá a verificar la correspondencia entre los datos de identificación incluidos en la Certificación Oficial de Origen o Procedencia y los de la mercadería amparada por ésta. J) DE LOS INGRESOS TEMPORARIOS 1.3 - Describir cual es el método de control habitual de dicha plaga (prescindiendo del control biológico), 1.4 - Susceptibilidad de la plaga al Agente de Control Biológico (ACB), 2 - Del Agente de Control Biológico (ACB) a importar. • A la fecha, hay cerca de 1,500 usuarios utilizando esta herramienta y se han emitido más de 40,000 permisos de … Artículo 27.- Los animales importados cuya destrucción se hubiese ordenado no serán indemnizados si no hubieran transcurrido tres meses, cuando menos, después de su salida del Lazareto Cuarentenario. DCA PG 02 IN 01 V7 Habilitación de establecimientos exportadores a Costa Rica ( pdf, 171 KB ) (509 descargas) Popular. Resolución SENASA Nº 1354/94. 5 Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico. ARTÍCULO 12. Indemnizaciones. Para las plantas que ya estén habilitadas a la fecha de puesta en vigencia de la presente resolución, cumplidos los DOS (2) años desde que fueron autorizadas a exportar a nuestro país, se tendrá por caducada dicha autorización, por lo tanto deben ser habilitadas nuevamente. 1) El Departamento de Defesa e Inspeçáo Vegetal (DDIV) de la Secretaria de Defesa Agropecuaria del Ministerio de Agricultura, Pecuaria e Do Abastecimieto de la Republica Federativa del Brasil deberá enviar bimestralmente a la Dirección Nacional de Protección Vegetal la siguiente información: WebEmisión del Permiso Sanitario de Importación - PSI y Permiso Sanitario de Tránsito internacional (PSTI) de animales, productos y subproductos de origen animal e insectos de valor benéfico (abejas), que cuenten con requisitos aprobados y su modificación 2 CA-02 - SIGAD Para organismos públicos y particulares no comerciales no son necesarios estos requerimientos. 26) La autorización de importación temporaria, caducará automáticamente cuando se comprobare que se dió al animal un uso diferente al que fuera específicamente autorizado para su ingreso, debiendo reexportarse do inmediato y haciéndose los responsables, pasibles de las sanciones que pudieran corresponderles. II. 7° : La Coordinación de Cuarentenas, Fronteras y Certificaciones otorgará una constancia escrita de registro anual a los que se inscriban y reinscriban, en la cual deberá contemplar el número de expediente, fecha de emisión del Registro, el nombre de la persona o personas físicas, razón social de las personas jurídicas y nombre o denominación de la sociedad de hecho según corresponda, número de CUIT, domicilio legal o comercial, Número de Registro otorgado, y rubro o rubros comerciales que alcanzan al solicitante utilizándose una constancia de registro que obra como Anexo IV de la presente resolución. Que entre el 11 y el 23 de julio de 2004, una misión técnica del Senasa realizó la visita de auditoría para verificar las condiciones de las Areas Libres de los Estados de Río Grande do Norte y Ceará y de las áreas bajo enfoque de sistemas de los Estados de San Pablo y Minas Gerais de la República Federativa del Brasil, desde las cuales dicho país solicitó el reconocimiento para la exportación de cucurbitáceas hacia la República Argentina. WebDCA PG 01 Registro de importadores. 284 del 26 de marzo de 2009 y 191 del 13 de abril de 2011. Siempre se mantendrá el mismo número de registro otorgado oportunamente. La exportación de productos y subproductos de origen vegetal y otros artículos reglamentados está sujeta a las regulaciones que establecen los países importadores, ya que los mismos pueden ser vía de dispersión de plagas. Que la COMISION NACIONAL DE SEMILLAS, en su reunión del día 8 de febrero de 1999, Acta Nº 260, dio su opinión favorable al respecto. Este lunes 4 de enero entra en vigencia el sistema en línea para permisos de importación de productos y subproductos de origen animal y animales vivos. K) DE LA CUARENTENA. Los requisitos que deben cumplir los interesados en importar productos de la salmonicultura desde la REPÚBLICA DE CHILE son: Inciso a) Cuando el destino final del producto de la salmonicultura es la zona libre, este debe ser filete refrigerado o congelado sin cabeza y agallas, e ir acompañado del “Certificado Veterinario Internacional”. Emitir a favor del interesado la documentación correspondiente para el traslado de la mercadería, ya sea: 2183/91, 2817/91 y 133/99 y la resolución SAGPYA Nº 610 del 25 de octubre de 1999, y. Que las obligaciones establecidas en la presente norma tienen por finalidad posibilitar un adecuado suministro de información para el control y seguimiento de la producción de semilla forestal coadyuvando, también, de tal manera al de la producción forestal en su conjunto, constituyendo un método idóneo para la mejor gestión del ejercicio de las responsabilidades conferidas al Instituto Nacional de Semillas en pos del cumplimiento de los objetivos perseguidos con el dictado de la Ley 20.247. - SIGAD Para organismos públicos y particulares no comerciales no son necesarios estos requerimientos. Art.5°: A los efectos de mantener la actualización del Registro, se hará una renovación anual o reinscripción para la cual se deberá completar el Formulario de Reinscripción que como Anexo III, forma parte integrante de la presente resolución. “Estamos también modificando los requisitos de importación por temas de inocuidad y asimismo una delegación de inspectores peruanos viajarán a Brasil para inspeccionar el sistema de certificación del Ministerio de Agricultura de ese país”, sostuvo el funcionario. I. Precintar el contenedor de la mercadería. II. WebLa importación de conejos a Perú está prohibida debido a que las enfermedades hemorrágica del conejo y la micomatosis, enfermedades exóticas para nuestro país. 2 Completá el formulario de solicitud de autorización. 08 Jul 2022. 6°: Los operadores comerciales como personas físicas, personas jurídicas o sociedades de hecho que se encuentran inscriptos a la fecha en el Registro de Importadores y/o Exportadores para una o ambas modalidades, que lleva la Coordinación de Importación de Productos dependiente de la Coordinación de Cuarentenas, Fronteras y Certificaciones cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 4° de la presente resolución, deberán presentar dentro de los NOVENTA (90) días corridos de la publicación de la presente resolución, el Anexo III de reinscripción debidamente completado y fotocopia del registro provisorio oportunamente entregado. Esta zona, está dedicada a mostrar los enlaces rápidos de mayor importancia para los importadores y exportadores que tenemos en nuestro portal y que ofrecemos a ustedes para un mejor acceso directo en su día a día. M) DEL INCUMPLIMIENTO. Queda autorizado el Poder Ejecutivo para permitir la introducción al  Territorio de la República, por los puertos que determine, de toda clase de vegetales y semillas quedando sujetos á una inspección previa y á su desinfección ó destrucción, según los casos, en la forma que los reglamentos establecen. Artículo 10.- Queda prohibido la introducción a la Capital Federal y Territorios Nacionales y en general, el tráfico de una provincia a otra y al extranjero de toda clase de productos de la ganadería elaborados con materias procedentes de animales que, según los reglamentos del P.E. ARTICULO 12°.- Mantener la vigencia de las Resoluciones Nros. Agregó que Brasil tiene aproximadamente 4.800 establecimientos cárnicos, de los cuales 21 son los que han sido comprendidos en el proceso de investigación por fraude. ANEXO I Que en el expediente citado en el Visto, obra agregado el Informe de la Evaluación de Riesgo realizado por el SENASA en relación a la importación y tránsito de vehículos que transportan productos de la salmonicultura procedentes de la REPÚBLICA DE CHILE por territorio argentino. Que los términos de las Leyes Nros. Certificación, producción, comercialización e importación de semillas de especies forestales. Descargar Google Chrome (mínimo v60) Descargar Firefox (mínimo v59) Descargar Microsoft Edge (mínimo v41) WebSi deseas importar productos vegetales al Perú, debes obtener el Permiso Fitosanitario de Importación (PFI) que otorga el Senasa. WebSi deseas importar productos vegetales al Perú, debes obtener el Permiso Fitosanitario de Importación (PFI) que otorga el Senasa. ARTICULO 14.- Derógase la Disposición Nº 165 del 20 de marzo de 1986, la Resolución Nº 630 del 23 de mayo de 1994 del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, la Resolución N° 416 del 4 de noviembre de 1994 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SA-NIDAD Y CALIDAD VEGETAL y la Resolución Nº 1508 del 21 de septiembre de 2000 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. El Sistema integral de gestión fitosanitaria es un componente del Sistema Integrado de Gestión de Protección Vegetal (SIGPV). La SAG- SENASA reduce en un 89% el trámite para permisos de importación DESCARGAR EN PDF • La SAG- SENASA, lidera los procesos para la importación de productos agroalimentarios en el país. Si usted desea exportar algún producto a un destino en particular, primero debe verificar que el mismo se encuentre autorizado y luego saber cuáles son los requisitos fitosanitarios establecidos por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del  país importador. WebEn el caso que necesites el certificado en físico, podrás recogerlo en la sede del Senasa que indiques en la plataforma. Solicitud del FRS ante la DCA, el cual equivale al permiso previo de importación y que indica los requisitos sanitarios que son de cumplimiento obligatorio para que las mercancías puedan ingresar al país. WebPaís de Procedencia: País de Destino: Pais de Origen ... CONSULTA DE REQUISITOS Que el Instituto Nacional de Semillas se halla facultado para el dictado de la presente norma en virtud de lo dispuesto por los artículos 15 de la Ley 20.247, 3º y 4º del decreto nº 2817/91 y 18 de la Resolución SAGPYA nº 610/99. Las resoluciones que pronuncien serán apelables en relación. Si el itinerario de tránsito NO contempla la zona libre, los interesados quedan exceptuados de presentar el certificado veterinario mencionado en el apartado anterior. 758/97, 1.1 - Especificar los cultivos a los que ataca la plaga, y la distribución nacional de la misma. 8) Para el caso de material reproductivo (semen y embriones). 10º: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Que además del formulario citado, también es necesario contar con un formulario de Permiso de Importación de Agentes de Control Biológico de Plagas Agrícolas (ACBs). Art. Descargar Google Chrome (mínimo v60) Descargar Firefox (mínimo v59) … 31) Vencido dicho plazo, y sin necesidad de nuevo aviso, el SENASA podrá proceder al sacrificio sanitario del o de los animales en cuestión. Artículo 35.- El costo total de las construcciones a que se refiere el artículo anterior, no podrá exceder de trescientos mil pesos, y el Poder Ejecutivo queda autorizado para ejecutarlo, imputando los gastos que demanden a la presente ley, debiendo ellos costearse con el producido de las letras por ventas de tierras públicas, depositadas en la Tesorería de la Oficina de Tierras. 4) Toda la mercadería deberá estar amparada por un Certificado Zoosanitario emitido por la Autoridad Oficial del País de origen procedencia de la misma, en el cual se certifique haber dado cumplimiento a los Requisitos Sanitarios vigentes fijados por el SENASA a través de la Gerencia de Comercialización y Control Técnico, Coordinación General de Cuarentena y Prevención. Fdo. Las infracciones cometidas a la presente resolución serán sancionadas según lo establecido en el Capítulo V de la Ley N° 27.233, sin perjuicio de las medidas preventivas que pudieran adoptarse de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución N° 38 del 3 de febrero de 2012 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. - Bernardo G. Cané. ARTÍCULO 8° — Corredor sanitario para el tránsito de vehículos de transporte de material acuícola proveniente de la REPÚBLICA DE CHILE a circular por la Región Patagónica con destino Chile o terceros países. Que la Coordinación de Cuarentenas, Fronteras y Certificaciones propone la revisión y actualización de las normas que reglamentan las importaciones de animales, material reproductivo, formas precursoras de vida, zooterápicos, biológicos, fertilizantes, alimentos para animales, plantas, sus partes, enmiendas, medios de sostén y/o crecimiento orgánicos, organismos de control biológico, productos, subproductos y derivados de origen animal y/o vegetal, mercaderías y/o insumos que contengan como componentes o entre sus componentes, ingredientes de origen animal y/o vegetal, de competencia de la citada dependencia. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de orden legal que formular. Para el tránsito por la REPÚBLICA ARGENTINA de productos de la salmonicultura refrigerados o congelados provenientes de la REPÚBLICA DE CHILE hacia terceros países: Inciso a) Los interesados en transitar por la zona libre con dichos productos, deben presentar “Certificado Veterinario Internacional”. Cuestionarios para la habilitación de establecimientos exportadores. Que mediante Resolución N° 32 del 4 de mayo de 2001 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se crea la Coordinación de Cuarentenas, Fronteras y Certificaciones, con competencia y responsabilidad en el comercio de exportación e importación de animales y vegetales y los productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, quedando en el ámbito de la misma llevar los registros pertinentes que le competen a cada una de las áreas que ahora dependen de ella.